

Recomendaciones para salir a la ruta

A la hora de circular por la vía pública es muy importante conocer los dispositivos de seguridad obligatorios y portar la documentación exigida.
Dispositivos de seguridad reglamentarios
Los dispositivos de seguridad son obligatorios y se dividen en activos y pasivos. Los activos son los elementos del vehículo que intervienen directamente en la circulación, haciendo posible la misma, contribuyendo a evitar siniestros y a dar confort y seguridad a sus ocupantes. Son inherentes al funcionamiento del vehículo, vienen con él y su existencia y buen funcionamiento se confirman en la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
Los pasivos son aquellos elementos del vehículo que disminuyen los efectos ante un posible siniestro. No intervienen en la circulación. Antes de emprender el viaje el conductor debe asegurarse de que lleva los dispositivos de seguridad obligatorios que son cascos en caso de motovehículos, cinturones de seguridad, reposa cabezas, paragolpes, bocina, matafuego, balizas triangulares, dentro de los más importantes en cuanto a automóviles.
Cabe aclarar que no constituye un requisito para circular la portación de sábana blanca o bolsa mortuoria como suele creerse y en consecuencia, no es obligatorio contar con ninguno de estos elementos para circular en la provincia de Santa Fe ni en las rutas nacionales del país.
Asientos para niños
Los lugares más seguros en un vehículo son los asientos traseros. Los menores de 10 años deben viajar siempre atrás con sistemas de sujeción adecuados a su peso y estatura.
Es importante tomar conciencia que ante un impacto los brazos de los adultos se abren automáticamente y por ende son incapaces de sostener a los menores y protegerlos de los golpes o evitar que salgan despedidos del vehículo.
Documentación exigible para circular
- Licencia de Conducir
- DNI del conductor
- Cédula de Identificación del automotor (Tarjeta Verde)
- Tarjeta Azul en caso de que el conductor no sea el titular registral
- Póliza de Seguro en vigencia
- Comprobante pago última patente del año en curso
- RTO (Revisión Técnica Obligatoria, si corresponde por modelo del vehículo)
- En caso de poseer un Vehículo con GNC, será exigible la autorización correspondiente para la utilización de éste tipo de combustible
- Debe circular con matafuego y balizas portátiles normalizadas
- No es obligatoria la portación de una sábana blanca o bolsa mortuoria así como tampoco el botiquín de primeros auxilios.
Conducción de motovehículos
Las motocicletas no deben transportar más de un acompañante, ni carga superior a los 100 kg. Los ciclomotores no pueden llevar carga ni pasajeros con un peso superior a los 40 kg.
Consultas e Informes
Lunes a Viernes de 7 a 12:15 hs
Saavedra y Lisandro de la Torre, San Carlos Centro
Teléfono: 3404 422 638
E-mail: [email protected]








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