A un año de la reforma constitucional: el desafío de hacer efectiva la autonomía. Por CPN Mariano Cuvertino

Hay momentos en la vida de una provincia en los que la política, animándose a parecerse un poco más a lo que se espera de ella, deja de administrar lo conocido y se anima a cambiar las reglas del futuro. Santa Fe tuvo uno de esos momentos hace un año, cuando dejó de vivir bajo una Constitución escrita en 1962 y sentó las bases para una nueva época.
Política21 de septiembre de 2026

Hay momentos en la vida de una provincia en los que la política, animándose a parecerse un poco más a lo que se espera de ella, deja de administrar lo conocido y se anima a cambiar las reglas del futuro. Santa Fe tuvo uno de esos momentos hace un año, cuando dejó de vivir bajo una Constitución escrita en 1962 y sentó las bases para una nueva época.

Tuve el honor y la responsabilidad de seguir muy de cerca la reforma constitucional como Secretario Parlamentario, y puedo decir sin exagerar que vivimos una verdadera construcción de consensos, que recuperó lo mejor de la tradición política santafesina de escuchar, debatir, ceder, acordar y transformar las diferencias en una decisión colectiva. 

Pero toda reforma corre el riesgo de quedar en el papel si no se avanza con las leyes pendientes. De todas las cláusulas transitorias de la Constitución del 25 quiero poner el foco en tres: la Ley Orgánica de Municipios, el Código Electoral, y la Ley de Coparticipación. Las dos primeras fueron aprobadas este año. La tercera, es el gran desafío que tenemos por delante. 

Noventa años después, los municipios tienen reglas nuevas

A siete meses de la entrada en vigencia de la nueva Constitución, sancionamos la Ley Orgánica de Municipios (Nº 14.436). Consagramos, por fin, la autonomía municipal, un anhelo histórico del socialismo que dejó de ser un eslogan para convertirse en una realidad: ahora los municipios gobiernan y ejercen sus competencias por sí mismos.

El texto final fue fruto de más de cinco meses de trabajo que se extendió desde noviembre de 2025 hasta abril de 2026 y reunió a autoridades locales y referentes de toda la provincia, quienes lograron enriquecer el proyecto original del Ejecutivo. Le da más poder a los gobiernos locales, limita los mandatos de las autoridades, elimina el desgaste de las elecciones cada dos años en localidades pequeñas y fortalece la transparencia con mecanismos de acceso a la información y participación ciudadana. 

Medio siglo de parches, un solo código

En materia electoral, Santa Fe construyó un sistema de vanguardia y referencia nacional al consagrar la Boleta Única Papel, la paridad de género, las PASO y la ficha limpia. Sin embargo, nuestro sistema era un rompecabezas. Lo que logramos con el nuevo código fue poner fin a medio siglo de parches legislativos, sintetizando el aporte de distintas fuerzas políticas en un texto claro que garantiza reglas justas e iguales para todos.

Con esta reforma también consagramos por ley el voto joven que estaba sostenido por una resolución judicial que podía ser revocada en cualquier momento. Ahora, su participación es un derecho irrenunciable. A esto le sumamos una Justicia Electoral moderna, especializada y con mayores instancias de garantía.

Como sostuvo nuestro bloque en el recinto, esto no es una simple depuración técnica: es la condición para que los derechos políticos se ejerzan de verdad, para que la diversidad de partidos tenga lugar, y para que la participación democrática sea en igualdad de condiciones. No es un corpus redactado para la comodidad de los partidos políticos, sino para fortalecer el poder de la gente, facilitar el voto y garantizar la transparencia.

Lo que falta: la distribución de los recursos provinciales

Para que la autonomía municipal no quede en papel hace falta una Ley de Coparticipación. El artículo 157 de la Constitución del 25 habilitó el debate y le puso fecha -septiembre de 2027- y principios: proporcionalidad, eficiencia fiscal, redistribución solidaria y equivalencia de desarrollo. 

El régimen actual (ley Nº 7.457) tiene más de 50 años, fue sancionado el 11 de julio de 1975. Es anacrónico, fragmentado, incoherente y no reconoce la expansión de funciones que cumplen hoy los municipios y las que deberán afrontar con la consagración de la autonomía. Incluso, en este contexto, puede verse en ciertos casos la imposición de tasas que no cumplen con los requisitos que la doctrina y la jurisprudencia exigen y terminan en procesos de judicialización. Un ejemplo concreto de la obsolescencia de la ley está en el Gran Rosario, donde nueve municipios del cordón portuario cobran una tasa a los camiones que entran a las terminales, cada uno por su cuenta. Se estima que en total recaudan más de 25 millones de dólares al año, lo que para las localidades más chicas representa hasta el 50% del presupuesto municipal. Cada tasa tiene su monto, su forma de cobro y nadie puede rastrear con precisión a dónde va la plata. No es un capricho municipal: es lo que pasa por la ausencia de ámbitos de coordinación entre los diferentes niveles del Estado. 

A diferencia de las leyes anteriores, en este caso hay que construir una institucionalidad inédita porque no hay antecedentes en los que basarse. Además, tiene que funcionar en una provincia con alta desigualdad, con una brecha de hasta 6,6 veces en calidad de vida entre localidades de la Zona Núcleo y las del norte de la provincia. 

Creemos que un futuro régimen de coparticipación debe sostenerse en tres criterios fundamentales: 

-Minimizar la arbitrariedad y fortalecer la institucionalidad. Para eso se requieren reglas claras de distribución en base a criterios fundamentados, que consideren la realidad de distintos tipos de municipios y las funciones que cumplen. Deben ser reglas que tengan consenso y legitimidad.
-Ser eficiente, coordinado y con mecanismos de control. Eso requiere unificar los distintos regímenes que hoy conviven y que ni los propios municipios logran reconstruir, con una única masa de recursos y un solo criterio de reparto, coordinado y articulado. Este régimen deberá cumplir a su vez con el criterio de flexibilidad, para que pueda ser ajustado cuando haga falta, y a la vez público, controlado por la ciudadanía para ganar en transparencia y trazabilidad de los recursos estatales.
-Priorizar la equidad y la eficiencia recaudatoria. El sistema debe tender a que un vecino que nació en Gato Colorado tenga la misma calidad de servicios que otro que nació en la zona céntrica de Rosario y a su vez, tener incentivos para fomentar la responsabilidad tributaria de los municipios. Bien hecho, este sistema no obligará a elegir entre eficiencia y equidad: el que recauda mejor no saldrá perjudicado por eso, y ningún municipio queda a la deriva solo por no tener con qué financiarse. 
Para que estos criterios se puedan poner en práctica hay que comenzar fijando cuánto le cuesta a cada gobierno local dar un nivel de servicios comparable, y distribuir en función de esa necesidad y no del padrón, ni de la costumbre, ni mucho menos en base a amiguismos políticos o afinidades electorales. Fijar las necesidades estandarizadas de gasto va a permitir pasar de un debate sobre porcentajes a uno sobre criterios de distribución. 

Nada de esto podrá funcionar sin institucionalidad. La tarea de coordinación fiscal necesita de un organismo técnico autónomo, con representación paritaria de toda la provincia que garantice la distribución de los recursos sin arbitrariedad sino en base a las funciones que cumple cada municipio. Esta arquitectura institucional es fundamental para reemplazar la fragmentación actual por un esquema de gobernanza colaborativo, capaz de profesionalizar la coordinación entre la provincia y los municipios y dotar de previsibilidad al sistema financiero provincial.

Crear desde cero este sistema será una tarea compleja. Habrá que fijar criterios, mecanismos institucionales, controles, pero sobre todo hacer de la coparticipación un corpus vivo que tenga la capacidad de consensuar ajustes cuando algo no funciona. 

Este debate es importante y merece protagonismo, por eso no debe mezclarse con otros temas de coyuntura. Tenemos todo un año por delante para hacerlo, ya que la Constitución fijó como plazo septiembre de 2027. Con esta ley Santa Fe tiene la chance para demostrar que la reforma del federalismo fiscal argentino, que el país posterga a nivel nacional desde hace décadas, se puede empezar a construir desde una provincia, sin pedirle permiso a Buenos Aires. Tenemos la base constitucional. Tenemos la evidencia.

Tenemos criterios que guíen el proceso. Honremos el mandato de la Constitución del 25 y terminemos de convertir la autonomía municipal en algo real, y la solidaridad entre santafesinos en una regla que se cumpla. Ese es el examen que nos queda rendir. Y al igual que como lo hicimos con la Ley Orgánica de Municipios y con el Código Electoral, para aprobar tenemos que prepararnos y dar un debate criterioso y maduro a la altura de las circunstancias.

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